Cada vez que adquirimos un billete de transporte público estamos obteniendo un seguro. En efecto, las empresas de transporte de viajeros en vehículos automóviles con capacidad igual o superior a nueve plazas, están obligadas por ley a incluir dicho seguro en el precio de sus billetes. Es el conocido como Seguro obligatorio de viajeros (SOV). Este seguro fue implantado como una de las medidas para fomentar el desarrollo del sector turístico en nuestro país.
Por lo tanto, están obligados a disponer de este seguro los trenes, autobuses, autocares, metro… así como las embarcaciones destinadas al transporte de pasajeros. Los vehículos de tracción por cable (teleféricos, telesillas…) también deben asegurar a sus pasajeros, incluso aunque su capacidad sea inferior a 9 plazas.
Es importante destacar que los niños exentos de pagar billete también se encuentran cubiertos por el Seguro obligatorio de viajeros.
¿Qué cubre el seguro obligatorio de viajeros?
En primer lugar hay que aclarar que este seguro es una modalidad del Seguro Privado de Accidentes Individuales. Es totalmente compatible con cualquier otro seguro que tenga el viajero.
Respecto a las coberturas, el seguro obligatorio de viajeros cubre los daños corporales y lesiones derivados de los posibles accidentes sufridos en el transporte público. Se incluyen los accidentes producidos tanto en la subida como en la bajada del medio de transporte. Esto significa que si por ejemplo nos caemos al bajar del tren, también estaríamos cubiertos.
Si el vehículo en que viajamos sufre un frenazo brusco, descarrilamiento, choque, incendio o cualquier otra circunstancia anómala que nos cause lesiones, tendremos derecho a asistencia médica y a una indemnización. EL SOV nos cubre en todos los desplazamientos que tengan lugar en el territorio nacional, pero también en los viajes que comiencen en España y terminen en el extranjero.
Las principales coberturas de este seguro son:
- Asistencia sanitaria garantizada hasta las 72 horas posteriores al accidente.
- En caso de fallecimiento, los beneficiarios del asegurado recibirían la cantidad de 36.060,73€ si el fallecimiento se produce hasta 18 meses después del accidente y como consecuencia de este.
- Existen diferentes compensaciones por lesiones, que dependen directamente de la gravedad de las mismas.
En cualquier caso, debemos conservar siempre el billete como justificante. Con esto, estamos cubiertos durante el transporte. ¿Pero qué pasa si nos vamos de vacaciones y queremos estar estar asegurados durante el resto de nuestra estancia? En ese caso te recomendamos que acudas a un profesional experto para que te asesore sobre los mejores seguros de viajes.